# Decreto Ejecutivo 462 endurece cobro a morosos inmobiliarios
*La nueva norma facilita restricciones pero genera dudas sobre protección de datos y plazos legales insuficientes.*

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- Sección: Sociedad
- Autor: Redacción Alerta Daule
- Publicado: 2026-08-16T07:19:30.748Z
> Nueva norma facilita cobro judicial a morosos inmobiliarios. Deuda de 15 años ilustra necesidad de cambios legales y vacíos sobre datos personales.

## Las claves

- El Decreto Ejecutivo 462 busca acelerar el cobro inmobiliario mediante nuevas herramientas de presión contra morosos.
- La norma fue publicada en Quito el 3 de agosto de 2026 tras su firma por Daniel Noboa el 31 de julio anterior.
- Abogados advierten que la publicación mensual expone datos personales y viola leyes de protección de información.

El Decreto Ejecutivo N.º 462, publicado en el Registro Oficial el 3 de agosto de 2026 tras su firma por el presidente Daniel Noboa el 31 de julio, busca acelerar la gestión de cobro y otorgar herramientas efectivas a las administraciones para actuar antes de que una deuda se vuelva crónica. La norma responde a un problema estructural en Quito: según datos de la Dirección Metropolitana de Catastro, existen 605.856 inmuebles bajo régimen de propiedad horizontal registrados en el país para este año, frente a los 566.660 identificados en 2022, lo que representa un crecimiento del 6,9% en la base municipal sin distinguir entre edificios y conjuntos habitacionales.

### Deudas crónicas y nuevas herramientas de presión

El caso ilustra el problema que el decreto ejecutivo busca atacar. A un copropietario de un edificio de 92 departamentos le tomó 15 años pagar sus expensas, debiendo 21 mil dólares repartidos en tres unidades a su nombre. La empresa administradora Admis logró cobrarle este año tras un proceso judicial de solo tres meses que terminó con el pago en efectivo.

Jorge Suárez, representante de la firma, afirma haber pasado más de una década administrando conjuntos y edificios en Quito sin lograr recuperar esa deuda específica. Antes del decreto, cobrar a un moroso por vía judicial podía tomar entre seis meses y tres años, sumado al 5% o 10% en honorarios legales.

Con la nueva norma, las administraciones ya no necesitan pasar por asamblea para aplicar restricciones. En uno de los edificios que administra Suárez se desactiva la apertura automática del portón vehicular al moroso y deja solo una vía manual. El decreto identifica bienes como piscinas, gimnasios o salones comunales susceptibles a restricción, más contexto en [Daulenses debaten](/noticia/daulenses-debaten-que-cambio-urgente-piden-a-banecuador-y-registro-civil-7jx1sv).

### Conflictos legales sobre protección de datos

No obstante, el texto legal genera controversia jurídica significativa. La obligación de poner información mensual disponible expone directamente a los propietarios morosos frente al resto de la comunidad. El abogado Diego Acuña advierte que esto podría violar la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP), ya que publicar solo el número de unidad no resuelve el problema en condominios donde este dato permite identificar fácilmente al propietario.

Acuña recomienda limitar la información estrictamente a códigos internos con acceso restringido o contar con consentimiento expreso. Además, señala plazos insuficientes: cinco días para pagar y otros cinco más para resolver solicitudes son tiempos breves frente a deudas que pueden llevar años.
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